Quiénes somosServiciosProyectosActualidad Contáctanos CA
Inicio / Actualidad

El nuevo REBT: qué cambia en protección eléctrica y a quién afecta

El nuevo REBT: qué cambia en protección eléctrica y a quién afecta

El reglamento que regula las instalaciones eléctricas de baja tensión es de 2002. Desde entonces han llegado la fotovoltaica, los cargadores de vehículo eléctrico, las bombas de calor con variador y las baterías domésticas. El reglamento no se ha movido. La revisión que se está tramitando corrige ese desfase, y lo hace sobre todo por el lado de la protección.

Qué cambia y qué se mantiene

La estructura general del REBT no se toca: sigue siendo un reglamento centrado en la seguridad de las personas y los bienes, con la responsabilidad técnica del instalador como pieza clave. Lo que se mueve es el detalle, y el detalle es lo que decide los proyectos: campo de aplicación más amplio, proyecto técnico exigible a partir de 50 kW, una instrucción nueva para corriente continua y el final del diferencial tipo AC.

Cinco cambios que te afectarán

  • Se acaba el diferencial tipo AC. La ITC-BT-17 revisada prohíbe su instalación en aplicaciones domésticas, residenciales y terciarias: el mínimo pasa a ser el tipo A. El motivo es técnico: el tipo AC solo detecta fugas alternas puras, y los equipos de hoy —fuentes de alimentación, cargadores, variadores, inversores, drivers LED— generan corrientes pulsantes con componente continua que no ve. Habrá una moratoria de dos años desde la entrada en vigor para acabar existencias, los ya instalados no habrá que cambiarlos, y en instalaciones industriales el tipo AC sigue siendo admisible.
  • La protección contra sobretensiones pasa a ser obligatoria. La ITC-BT-23 la exige en todas las instalaciones nuevas, transitorias y permanentes, sin tener que justificarlo con ningún análisis de riesgos. Las transitorias tipo 1 van en el origen de la instalación, aguas arriba del contador; las tipo 2 y las permanentes, dentro del cuadro general de mando y protección.
  • Las instalaciones existentes quedan fuera, con una excepción. En reformas y ampliaciones no habrá que añadirla, salvo que se incorpore un circuito nuevo de generación o de recarga de vehículo eléctrico. El día que un cliente ponga placas o un cargador, esa protección entra en la lista.
  • El autoconsumo tendrá condiciones propias. La ITC-BT-40 distingue instalaciones generadoras aisladas, asistidas e interconectadas. Los generadores se conectarán mediante un circuito dedicado con diferencial tipo A, B o F según prescriba el fabricante del inversor. En viviendas y zonas accesibles al público el diferencial será de 30 mA, ampliable a 300 mA solo si el inversor monitoriza la corriente diferencial permanente conforme a la UNE-EN 62109-2 y la resistencia de puesta a tierra es inferior a 30 Ω.
  • Nace la ITC-BT-53, para corriente continua. Muy orientada a fotovoltaica y almacenamiento. Exige detección de defectos por fallo de aislamiento, protección contra sobreintensidades en los módulos, medios de seccionamiento que no pueden ser los dispositivos electrónicos integrados en el inversor, y detección y protección contra el arco eléctrico. Los sistemas de almacenamiento sin desprendimiento de gases en entornos residenciales y comerciales solo podrán instalarse en garajes o cuartos técnicos, protegidos por envolventes metálicas o con resistencia al fuego de 90 minutos en ambos sentidos.

Qué tienes que hacer ahora, y qué no

Si tienes una instalación en funcionamiento, nada: no hay obligación de sustituir diferenciales ni de añadir protecciones. Si estás proyectando o reformando, la cosa cambia. Especificar ya diferenciales tipo A no encarece prácticamente el cuadro y evita tener que tocarlo dentro de poco; prever espacio y protección contra sobretensiones sale más barato ahora que después; y si el proyecto contempla fotovoltaica, baterías o punto de recarga, vale la pena dimensionarlo directamente con los criterios nuevos.

En resumen

El nuevo REBT no reinventa nada: pone la protección eléctrica al nivel de las cargas que hay conectadas hoy. Los tres cambios que más se notarán son el final del diferencial tipo AC en el ámbito doméstico y terciario, la protección contra sobretensiones como obligación general en obra nueva, y un tratamiento específico del autoconsumo y la corriente continua. En instalaciones existentes no hay nada que hacer hasta que se toquen; en proyecto, anticiparse sale a cuenta.

En enviroTECNIA redactamos proyectos eléctricos de baja tensión, memorias técnicas de diseño y legalizaciones, y llevamos la tramitación ante industria y ante las compañías distribuidoras. Si tienes un proyecto en marcha y quieres saber cómo le afecta la revisión del reglamento, o te estás planteando fotovoltaica, baterías o punto de recarga, podemos valorarlo con la documentación delante. Contacta con nosotros.

Referencia: revisión del Reglamento electrotécnico para baja tensión actualmente en tramitación, presentada en la jornada técnica del COGITI del 22 de abril de 2026. El reglamento vigente sigue siendo el Real Decreto 842/2002; los contenidos y plazos descritos en esta entrada pueden variar hasta la publicación del real decreto en el BOE. Actualizaremos la entrada una vez se publique. Fuente: COGITI Novedades REBT 2026 · Proyecto de Real Decreto REBT.

← Volver a Actualidad